Parejas de Hecho en la Comunidad Valenciana

La inscripción de pareja de hecho permite que dos personas, con independencia de su sexo, convivan unidas por un vínculo de afectividad análoga a la conyugal, creando un conjunto de relaciones, derechos y deberes personales y patrimoniales, entre sus miembros y con terceras personas. 

Debido al auge de esta figura en los últimos años ha sido necesario recoger esta figura legalmente, creando el Registro de Uniones de Hecho Formalizadas de la Comunidad Valenciana para su inscripción.

¿Qué requisitos se deben cumplir para constituirse como unión de hecho?

1. Ser mayores de edad o menores emancipados. 

2. Convivir en una relación de afectividad análoga a la conyugal en el territorio de la Comunidad Valenciana. 

3. Manifestar la voluntad de formalizar su relación de convivencia afectiva a través de su inscripción en el Registro de Uniones de hecho Formalizadas de la Comunidad Valenciana. 

4. No tener relación de parentesco en línea recta por consanguinidad o adopción ni colateral por consanguinidad o adopción hasta el segundo grado. 

5. No estar ligados por matrimonio o estar separados legalmente, mediante sentencia judicial firme o por escritura pública otorgada ante notario. 

6. No tener constituida una pareja o unión de hecho, inscrita en cualquier registro de análogas características. 

7. No estar incapacitados judicialmente para regir su persona.

 Documentación: 

a) DNI, NIE, Pasaporte, dependiendo el caso. 

b) La condición de menor emancipado, resolución judicial o certificación del Registro Civil. 

c) La convivencia en una relación de afectividad análoga a la conyugal en el territorio de la Comunitat Valenciana, se acreditará mediante la certificación del empadronamiento de ambos integrantes de la pareja en un mismo domicilio de la Comunitat Valenciana en el momento de presentar la solicitud. 

d) Certificación negativa del Registro Civil especificando el estado civil actual de las personas interesadas si es distinto al de soltería (divorciado/a o viudo/a), o mediante documentación equivalente en el caso de personas extranjeras. En el caso de estar separado legalmente se deberá aportar la correspondiente sentencia judicial firme acompañada de la hoja de inscripción matrimonial del Registro Civil con la nota marginal de la sentencia ya inscrita o acreditarse mediante escritura pública otorgada ante Notario. 

e) La ausencia de parentesco, el no estar constituido en pareja de hecho con otra persona en cualquier registro y el no encontrarse incapacitado judicialmente, se acreditará mediante declaración responsable de las personas solicitantes, en los términos previstos en la ley de procedimiento administrativo común

f) En su caso, documento público (por ejemplo, documento notarial) que recoja la declaración de voluntad de los integrantes de la unión que acredite que consta la existencia de una unión de hecho formalizada, siempre que reúna los requisitos que establece la Ley 5/2012, de 15 de octubre, de la Generalitat. 


Si estás pensando en inscribir tu pareja de hecho en la Comunidad Valenciana y quieres que tramitemos tu solicitud o necesitas más información, puedes ponerte en contacto al teléfono 635.154.007 y correo electrónico: info@celeste.schill.es . 

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